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Posicionamiento del COAC respecto a la licitación de AENA al Aeropuerto del Prat

Imatge: 
© Wikimedia
En relación con la licitación de AENA para adjudicar la redacción del proyecto del nuevo edificio satélite, la reconfiguración de la T1 y las modificaciones en el campo de vuelo del Aeropuerto Josep Tarradellas Barcelona-El Prat, el COAC quiere poner de manifiesto:

1. - Sobre el proceso de licitación, creemos que se tendría que haber hecho como concurso de proyectos a 2 fases y que el criterio económico no tendría que ser, en ningún caso, el único para escoger el equipo ganador. Es por eso que el septiembre de 2019 interpusimos una demanda ante la Audiencia Nacional, que está pendiente de resolverse y que no ha parado la adjudicación del proyecto. En este mismo sentido, el CSCAE (Consejo Superior de Colegios de Arquitectos de España) también presentó demanda. 

A esta acción se añade ahora una novedad jurídica importante. El pasado 5 de febrero entró en vigor en el Estado español el Real decreto ley 3/2020 que incorpora al ordenamiento jurídico la Directiva 2014/25/UE en el ámbito de contratación pública en determinados sectores especiales. De acuerdo con esta transposición, si ahora AENA tuviera que convocar esta licitación lo tendría que hacer obligatoriamente como concurso de proyectos, dado que se trata de procedimientos de especial complejidad.

2.- Sobre las desproporcionadas bajas económicas (el equipo adjudicatario ha ganado con una baja del 45% sobre los honorarios que AENA había estipulado inicialmente), creemos firmemente que esta rebaja pone en riesgo la calidad del servicio a prestar. Cabe decir también que el pliego no contemplaba una cláusula relativa a las ofertas temerarias, y tampoco tenemos conocimiento de si se siguió el procedimiento legalmente previsto para verificar que la oferta más barata no fuera anormalmente baja.

3.- Como que el perfil del contratante de AENA no publica las actas de valoración de los participantes —a diferencia del que hace el resto del sector público—, no tenemos conocimiento de las puntuaciones técnicas de los equipos participantes ni de qué fue la propuesta técnica mejor valorada. Cuando el COAC ha solicitado el envío del acta de valoración de la propuesta técnica, la compañía ha respondido que hay que ir a consultar el expediente presencialmente a sus oficinas de Madrid. Cuándo hemos insistido al recibir una copia, AENA se ha ofrecido a enviarla al Aeropuerto de Barcelona, donde habría que irla a consultar, negándose en todo momento, por política de empresa, a facilitarnos una copia de este documento, que no deja de ser un acto administrativo integrando de un expediente público.

4. - Finalmente queremos constatar que de momento no es posible saber cuál era la mejor propuesta técnica para el Aeropuerto de Barcelona, ni tampoco saber por qué de los 8 equipos inicialmente presentados solo 2 lograron la puntuación mínima que se pedía sobre la propuesta técnica. Lo único cierto -que sí ha publicado AENA- es que el contrato se ha adjudicado por la mitad de su precio. 

En conclusión, el COAC cree que el diseño del procedimiento de licitación ha ninguneado la necesaria calidad de un equipamiento tan estratégico como es el Aeropuerto de Barcelona, adjudicando el contrato a mitad de precio, como si fuera posible cumplir con excelencia un contrato tan complejo como este por la mitad de los honorarios propuestos.

2/03/2020
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