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Código de accesibilidad e informes idoneidad técnica

Consideraciones en relación a la tramitación de IITs antes de la aplicación obligatoria del nuevo Código de Accesibilidad

Imatge: 
© Col·legi d'Arquitectes de Catalunya (COAC)

El 30 de noviembre de 2023 se publicó en el DOGC el Decreto 209/2023, por el que se aprobaba el Código de Accesibilidad de Cataluña, que entró en vigor el 1 de marzo de 2024. El nuevo Código responde a la necesidad de despliegue de la Ley 13/2014 de Accesibilidad de Cataluña. 

Casuística nuevo Código de Accesibilidad con el Informe de Idoneidad Técnica de Barcelona - IIT
Es importante tener en cuenta que, en el caso de Barcelona, previo a la solicitud de licencia, comunicado o autorización, es necesario obtener el ITT (Informe de Idoneidad Técnica). Para garantizar que los expedientes puedan ser tramitados en el Ayuntamiento de Barcelona antes del 1 de septiembre del 2024, os recomendamos planificar adecuadamente los siguientes plazos de revisión y tramitación de los proyectos: 

· Plazo de tramitación del IIT en el COAC: Aseguraros de solicitar el IIT con suficiente antelación para completar el proceso antes de la fecha límite. 

· Tiempo para la validación del pago: Si el trámite se paga mediante transferencia bancaria, tened en consideración el tiempo necesario para la validación del pago para evitar retrasos.

Planificad con suficiente antelación la revisión y tramitación de vuestros proyectos para asegurar que se cumplan todos los requisitos antes del plazo establecido. Nuestro servicio de revisión técnica estará abierto durante el mes de agosto, pero es recomendable anticiparse para evitar cualquier imprevisto.

Para cualquier duda o consulta, podéis dirigiros a  iit.bcn@coac.cat.




Plazos y disposiciones transitorias de aplicación 1 de septiembre de 2024
Recordamos que, para las solicitudes de licencias y autorizaciones, comunicados de obras y otros trámites administrativos asimilables que se hayan tramitado en el Ayuntamiento antes del 1 de septiembre del 2024, se podrá seguir aplicando la normativa anterior (D.135/1995, TAAC...).

Para las solicitudes de licencias y autorizaciones, comunicados de obras y otros trámites administrativos asimilables que se tramiten en el Ayuntamiento a partir del 1 de septiembre del 2024, se deberá aplicar el nuevo Código de Accesibilidad (siempre que el proyecto no se haya visado antes de la entrada en vigor del Decreto según la disposición adicional primera). 

Los proyectos visados antes de la entrada en vigor del Decreto (1 de marzo del 2024) se regirán por la normativa aplicable en el momento del visado, siempre que la solicitud de licencia correspondiente, el comunicado de obras o el inicio de la tramitación administrativa que corresponda se haya tramitado en un plazo de hasta doce meses desde la entrada en vigor del Decreto (hasta el 1 de marzo de 2025).

Más información

La OCT presenta las novedades del nuevo Código. Recupera el vídeo y la presentación 
Desde la OCT se han organizado distintas jornadas técnicas explicando los cambios más relevantes de la norma en relación con la edificación, con el objetivo de facilitar su conocimiento. También se ha puesto a disposición de los colegiados el vídeo y la presentación en PDF. Encontraréis este material en el Mapa de Contenidos de la página web de la OCT, en el apartado de documentación informativa sobre accesibilidad. Es necesario estar loginado. 
 

2/07/2024
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