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Se aprueba el funcionamiento del Registro público de contratos de la Generalitat
Imatge:
© Col·legi d'Arquitectes de Catalunya (COAC)
Publicada en el DOGC la Orden ECO/294/2015, de 18 de septiembre, por la que se modifica el funcionamiento y aprueba la aplicación del Registro público de contratos de la Generalitat de Catalunya.
Con esta modificación se establece la obligación para las entidades de la Administración local catalana y de su sector público de comunicar al Registro público de contratos de la Generalitat de Catalunya los datos y los documentos de los contratos públicos que adjudiquen, incluidos los contratos menores, de acuerdo con lo que dispone la legislación de contratos del sector público.
Asimismo, se regulan las condiciones de acceso público por parte de la ciudadanía al Registro público de contratos de la Generalitat de Catalunya, con la finalidad de dar cumplimiento a las previsiones de la Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
Con esta modificación se establece la obligación para las entidades de la Administración local catalana y de su sector público de comunicar al Registro público de contratos de la Generalitat de Catalunya los datos y los documentos de los contratos públicos que adjudiquen, incluidos los contratos menores, de acuerdo con lo que dispone la legislación de contratos del sector público.
Asimismo, se regulan las condiciones de acceso público por parte de la ciudadanía al Registro público de contratos de la Generalitat de Catalunya, con la finalidad de dar cumplimiento a las previsiones de la Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
30/09/2015