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Nueva Orden del Gobierno del Estado para los autónomos
Imatge:
© Freepik
El 30 de marzo por la noche el Ministerio de Sanidad publicó al BOE la Orden SND/307/2020 de 30 marzo, que interpreta el alcance del permiso retribuido obligatorio que se acordó el día antes, 29 de marzo por la noche.
Esta Orden deja claro que todos los trabajadores autónomos pueden trabajar normalmente siempre que no estén vinculados a los sectores de actividad suspendidos por la declaración del estado de alarma y que genéricamente son los espacios deportivos, culturales, comercios, locales de ocio, etc. Podéis consultar el Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo aquí.
Así pues, los profesionales de la arquitectura que sean autónomos pueden seguir trabajando y realizando los desplazamientos necesarios para llevar a cabo sus obligaciones profesionales siempre que lo necesiten y mientras no vuelva a cambiar la normativa. Recomendamos llevar debidamente rellenado el certificado autoresponsable de desplazamiento facilitado por la Generalitat de Cataluña, a pesar de no ser un documento obligatorio. Podéis encontrarlo aquí junto con información sobre su funcionamiento.
Podéis consultar la Orden del Ministerio de Sanidad aquí.
Esta Orden deja claro que todos los trabajadores autónomos pueden trabajar normalmente siempre que no estén vinculados a los sectores de actividad suspendidos por la declaración del estado de alarma y que genéricamente son los espacios deportivos, culturales, comercios, locales de ocio, etc. Podéis consultar el Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo aquí.
Así pues, los profesionales de la arquitectura que sean autónomos pueden seguir trabajando y realizando los desplazamientos necesarios para llevar a cabo sus obligaciones profesionales siempre que lo necesiten y mientras no vuelva a cambiar la normativa. Recomendamos llevar debidamente rellenado el certificado autoresponsable de desplazamiento facilitado por la Generalitat de Cataluña, a pesar de no ser un documento obligatorio. Podéis encontrarlo aquí junto con información sobre su funcionamiento.
Podéis consultar la Orden del Ministerio de Sanidad aquí.
31/03/2020