Propers Actes
De Ma, 05 Noviembre hasta Thu, 28 Noviembre
A les 18h
Presentación del libro "Antoni Puig Gairalt,...
Presentación del libro "...
De Thu, 12 Diciembre hasta Lun, 16 Diciembre
Ver programa
Abiertas las inscripciones para el XLVII Cursillo -...
Abiertas las inscripciones para...
Circular informativa sobre las nuevas modalidades de alojamiento con espacios comunes complementarios
Imatge:
© Col·legi d'Arquitectes de Catalunya (COAC)
Ante las dudas de interpretación que presenta el Decreto Ley 50/2020, promulgado el pasado mes de diciembre, la Agencia de la Vivienda de Cataluña ha publicado una Circular con la finalidad de informar de la nueva regulación a fin de facilitar su comprensión y evitar dudas interpretativas.
Recordamos que este Decreto Ley regula, entre otros, la nueva modalidad de Alojamiento con espacios comunes complementarios y los Alojamientos dotacionales, incorporando las características y definiciones de los mismos.
Así mismo, y en relación al Decreto 141/2012 de Condiciones mínimas de habitabilidad de las viviendas y de la cédula de habitabilidad, el Decreto Ley deroga el anexo 3 relativo a las Viviendas dotacionales públicas, así como el apartado 3.7.1 del Anexo 1 relativo a la superficie mínima de los espacios de uso común (EMC: estar+comedor+cocina).
En cuanto al primero, hay que remitirse a los Alojamientos dotacionales del Decreto Ley 50/2020 y en cuanto al segundo, mientras el Decreto 141/2012 no se adapte, habrá que garantizar 4m2 por persona, según el umbral máximo de ocupación que fija el artículo 4 del Decreto, con un mínimo de 20m2.
· Consulta la Circular informativa 8
Mas información
Para más información, podéis consultar la web de la Agencia de la Vivienda.
DOGC 11.12.2020: Decreto Ley 50/2020, de 9 de diciembre, de medidas urgentes para estimular la promoción de vivienda con protección oficial y de nuevas modalidades de alojamiento en régimen de alquiler
Recordamos que este Decreto Ley regula, entre otros, la nueva modalidad de Alojamiento con espacios comunes complementarios y los Alojamientos dotacionales, incorporando las características y definiciones de los mismos.
Así mismo, y en relación al Decreto 141/2012 de Condiciones mínimas de habitabilidad de las viviendas y de la cédula de habitabilidad, el Decreto Ley deroga el anexo 3 relativo a las Viviendas dotacionales públicas, así como el apartado 3.7.1 del Anexo 1 relativo a la superficie mínima de los espacios de uso común (EMC: estar+comedor+cocina).
En cuanto al primero, hay que remitirse a los Alojamientos dotacionales del Decreto Ley 50/2020 y en cuanto al segundo, mientras el Decreto 141/2012 no se adapte, habrá que garantizar 4m2 por persona, según el umbral máximo de ocupación que fija el artículo 4 del Decreto, con un mínimo de 20m2.
· Consulta la Circular informativa 8
Mas información
Para más información, podéis consultar la web de la Agencia de la Vivienda.
DOGC 11.12.2020: Decreto Ley 50/2020, de 9 de diciembre, de medidas urgentes para estimular la promoción de vivienda con protección oficial y de nuevas modalidades de alojamiento en régimen de alquiler
22/07/2021