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Solicitud de cédula de 2ª ocupación: cambio de plazo de pago
Imatge:
© Col·legi d'Arquitectes de Catalunya (COAC)
La Agència de l'Habitatge ha actualizado su aplicación para la gestión de las solicitudes telemáticas de cédulas de habitabilidad de segunda ocupación.
El cambio más destacado es la modificación del plazo de pago de las tasas de tramitación, que pasa de ser de 48 h.
Cuando la persona solicitante no haya efectuado el pago en las 48 h del alta de la solicitud, la Agencia de Vivienda enviará un requerimiento de pago de la tasa y del correspondiente justificante bancario.
Si transcurrido el plazo que es especifique en el requerimiento no se ha presentado el justificante de pago, la Agencia de la Vivienda procederá a archivar por desistimiento la solicidud de cédula de manera automática.
En el supuesto de que el solicitante haya pedido ser notificado telemáticamente, este requerimiento le será enviado mediante notificación electrónica
El cambio más destacado es la modificación del plazo de pago de las tasas de tramitación, que pasa de ser de 48 h.
Cuando la persona solicitante no haya efectuado el pago en las 48 h del alta de la solicitud, la Agencia de Vivienda enviará un requerimiento de pago de la tasa y del correspondiente justificante bancario.
Si transcurrido el plazo que es especifique en el requerimiento no se ha presentado el justificante de pago, la Agencia de la Vivienda procederá a archivar por desistimiento la solicidud de cédula de manera automática.
En el supuesto de que el solicitante haya pedido ser notificado telemáticamente, este requerimiento le será enviado mediante notificación electrónica
22/07/2019